Directores de las II.EE. Deben regularizar con carácter de urgente el Plan de implementación para la prestación del servicio educativo en el SARES, en cumplimiento de la normativa vigente.

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DIRECTORES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PUBLICAS Y PRIVADAS DE INICIAL, PRIMARIA Y SECUNDARIA, EBE y EBA. Regularizar con carácter de urgente el Plan de implementación para la prestación del servicio educativo en el SARES, en cumplimiento de la normativa vigente.

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